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Planes de seguridad y salud

Según disposición del Artículo 7 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, cada contratista deberá elaborar un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.

URALIX realiza los planes de seguridad y salud en el trabajo de las obras que realiza.

Se detectan y analizan los posibles riesgos derivados de los trabajos a ejecutar y se incluyen en el plan de seguridad y salud las medidas alternativas o adicionales de prevención necesarias para minimizar los riesgos y garantizar la seguridad.

URALIX también realiza planes de seguridad y salud en el trabajo para otras empresas de construcción.